Gastos de la hipoteca


Gastos de la hipotecaFormalizar un préstamo hipotecario presenta diversos gastos adicionales ajenos a las entidades: gastos de notaría, impuestos, tasación, registro de la propiedad, etc. A continuación vamos a mostrarlos y a detallarlos un poco. Por cierto, estos gastos debemos tenerlos en cuenta a la hora de calcular la cantidad de hipoteca que vamos a solicitar.

Tasación
La tasación es la valoración de la vivienda. Esta tasación la realiza un profesional independiente. Los gastos de la tasación se abonan a la sociedad autorizada que se encarga de calcular el valor de la vivienda. El objetivo de la tasación es asegurar que la vivienda no presenta nigún impedimento para conseguir que sea acepatada por la entidad bancaria como garantía de pago. Los gastos de tasación se deberán abonar igualmente aunque al final no contratemos la hipoteca.

Registro de la propiedad
El Registro de la propiedad es un organismo público que se encarga de llevar un registro de todas las propiedades inmobiliarias y los bienes y derechos inherentes a las mismas, tanto urbanas como rústicas. Con ello se lleva a cabo el pago de los impuestos de registro y se realiza la cancelación de los derechos necesarios para el registro del negocio.

Seguro de daños
Es obligatorio por ley contratar un seguro de daños que cubra el valor tasado de la vivienda. En caso de no poder hacer frente al pago de su hipoteca, el seguro contratado abonaría a su entidad bancaria el importe pendiente.

Notaría
El préstamo hipotecario se formaliza mediante una escritura pública, cuya firma se efectúa ante Notario. Esta escritura pública debe ser presentada e inscrita en el Registro de la Propiedad. Los honorarios de Notaría (llamados Aranceles) están regulados por ley.

Los gastos de notaría afectan dos veces al préstamo hipotecario: primero en la formalización para la constitución de la hipoteca y después en su cancelación, porque la carta de pago del banco también se efectúa mediante escritura pública.

Gestoría
La gestoría se encarga de la tramitación de la escritura del préstamo ante hacienda y el registro. Anteriormente esta gestión era realizada por el mismo notario, aunque actualmente cada vez son más las entidades financieras que confían estas labores a gestorías.

Seguro de amortización
Antes hablábamos del Seguro de daños. Ese sí es obligatorio por ley. El Seguro de amortización no lo son, aunque sí son muy recomendables. Éstos cubren la eventualidad de fallecimiento o invalidez absoluta y permanente de la hipoteca. Hablamos que el seguro cubrirá la cantidad adeudada a la entidad financiera en caso de que ocurran las citadas eventualidades.

Este Seguro de Amortización se puede contratar para una única persona o para todas las que intervengan en el préstamo.



Gifs - Imagens - Wallpapers - Fondos - Lavavajillas - Aviso legal - Contacto