Impago del alquiler


Impago del alquilerEn otro artículo de la página hablábamos de los pros y contras de alquilar una vivienda. El imago del alquiler es uno de los pros que más miedo da a los arrendadores, ya no sólo por el impago, sino porque no saben cómo ni en cuánto tiempo conseguirán el desahucio del inquilino. En el siguiente artículo vamos a explicarte qué puedes hacer en estos casos.

Lo primero es la prevención. Si estás pensando en alquilar pero tienes miedo a llegar a esta situación debes saber que hay formas de prevenirla (o de compensarla). Antes de alquilar debemos estudiar la solvencia del inquilino. Para ello puedes pedirle que te presente la última nómina y el contrato de trabajo, o incluso su última declaración de la renta. Todo ello te servirá para comprobar sus ingresos. Otra opción es exigirle un aval bancario. Con este aval la entidad financiera cubrirá varios meses de alquiler en caso de impago del inquilino. Aunque la opción más eficaz es la contratación de un seguro especial que garantizaría las cuotas impagadas.

Pero si has llegado a la situación de impago, ¿qué puede hacer? Lo primero es establecer la comunicación legal pertinente. Para ello manda un telegrama o una carta con acuse de recibo al inquilino informándole del impago en el que está incurriendo. Así, quedará constancia escrita de la misma en caso de que surja un conflicto posterior. Si no se soluciona la situación, tendrás tres opciones: solicitar el desahucio del inquilino sin reclamar las rentas impagadas, pedir la cantidad adeudada, o plantear una reclamación conjunta por ambos conceptos. 

Si queda poco tiempo para finalizar el contrato lo mejor es la reclamación de deudas ya que se podrán cobrar los alquileres adeudados (con sus correspondientes intereses) pero el inquilino podrá quedarse en la vivienda hasta el fin del contrato. En cambio si el inquilino es totalmente insolvente y queda mucho tiempo para la finalización del contrato, lo óptimo es recurrir al desahucio, para recuperar la vivienda lo antes posible. La última opción, la reclamación conjunta, es aconsejable cuando queda mucho tiempo de contrato pero sí existe alguna forma de cobrar lo adeudado por el inquilino.



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