El primer paso para contratar una hipoteca es tener claro la cantidad que vamos a necesitar. Los bancos conceden hasta un 80% del valor de tasación de la vivienda que se quiere comprar, aunque dependiendo del nivel de riesgo que represente el crédito a veces pueden prestar más (obligando al cliente a contratar un seguro que cubra el posible impago de las cuotas) o menos (si la operación no es del todo segura).
Cuando tengamos claro la cantidad que solicitaremos pasaremos al siguiente e importante paso: informarse, asesorarse y orientarse en diferentes entidades financieras. Consulta y compara condiciones, teniendo muy presentes tus necesidades. Cuando solicitemos la hipoteca en la entidad que hayamos elegido, lo primero que hará esta es realizar un estudio inicial del riesgo que supone el préstamo que hemos solicitado a partir de nuestros ingresos y situación laboral.
Si aprueban el importe solicitado nos darán un “Certificado de crédito hipotecario” con el que podremos negociar la vivienda deseada. El inmueble que vamos a adquirir será la garantía ante el pago de nuestro préstamo hipotecario, por lo que tendremos que tasarla para conocer su valor real. Al presentar la tasación en la entidad ésta nos entregará la carta de aprobación en la que se especifica la documentación necesaria para realizar el estudio de títulos del inmueble (revisión que se realiza con el objetivo de asegurar que la vivienda no presenta ningún impedimento para que sea aceptada por la entidad bancaria como aval de pago).
El siguiente paso es la firma de las escrituras. En ella se reflejara el acuerdo acordado entre el prestamista (la entidad bancaria) y el prestatario. Ésta se celebra ante notario. La escritura tendrán que firmarla todos los propietarios de la vivienda hipotecada. La copia de la escritura se tiene que presentar en el Registro de la Propiedad. Con ello se lleva a cabo el pago de los impuestos de registro y se realiza la cancelación de los derechos necesarios para el registro del negocio.
Es obligatorio por ley contratar un seguro de daños que cubra el valor tasado de la vivienda. En caso de no poder hacer frente al pago de su hipoteca, el seguro contratado abonaría a su entidad bancaria el importe pendiente.
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